La CMF denuncia que Banco de Chile antepone su operativa comercial a normas de protección alimentaria

El regulador impuso una multa de 617,98 UF al banco por conceder créditos a individuos inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, al incumplir la Ley N°14.908.

El enfrentamiento judicial entre Banco de Chile y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) se intensifica tras la sanción impuesta el pasado 26 de mayo, cuando el organismo regulador determinó una multa de 617,98 UF al banco. La medida se debió a la aprobación de créditos a personas que aparecen en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA), a pesar de que la Ley N°14.908 obliga a consultar dicho registro antes de otorgar financiamiento, exigiendo retener hasta el 50% del monto para cubrir pensiones impagas en caso de que el solicitante figure como deudor.

Controlado por el Grupo Luksic y Citibank, Banco de Chile ha recurrido a la Corte de Apelaciones de Santiago para anular la sanción. La entidad argumenta que la falla se debió a un error en la plataforma administrada por el Servicio de Registro Civil e Identificación, alegando un caso fortuito, fuerza mayor y una deficiencia en el servicio, lo que en su opinión exime de responsabilidad al banco.

Sin embargo, la CMF respondió con firmeza. José Antonio Gaspar, director general jurídico del organismo, subrayó que el Banco de Chile optó por concretar operaciones en lugar de cumplir con sus obligaciones legales de consultar el RNDPA y asegurar el pago de las pensiones alimentarias. Además, se enfatizó que, aun habiéndose presentado un error en la consulta realizada mediante API, existían alternativas para reintentar el proceso, como volver a ingresar la consulta o utilizar el portal web del registro, opciones que no fueron aprovechadas.

La CMF también rechazó los argumentos basados en fuerza mayor, indicando que la eventual falta de disponibilidad de sistemas informáticos es una situación previsible para la cual el banco debería contar con procedimientos alternativos. Una declaración interna del Banco de Chile reveló que, tras el error, se había implementado una mejora en el sistema para realizar nuevas consultas, pero este mecanismo no resuelve el hecho de que la entidad siguió adelante con la operación de crédito sin verificar la situación en el RNDPA.

El regulador concluyó que la conducta del banco evidencia una priorización de sus negocios sobre el cumplimiento de normativas esenciales para garantizar que los beneficiarios de pensiones reciban lo que les corresponde, dejando claro que la prueba presentada respalda la fundamentación de la sanción.

Autor: Roberto Sánchez

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